Derecho Laboral

Algunos de nuestros servicios incluyen

Derecho Laboral

Para las empresas con empleados o personas con personal doméstico, Casa Canadá ofrece servicios de planillas completas. Esto incluye proporcionar información sobre la cantidad correcta por pagar al empleado en cada período o por pagar al empleado en nombre del empleador, estado para el empleado de la cantidad de ganancias que incluyen la deducción de la CCSS, el pago de la CCSS cada mes, el mantenimiento de registros sobre la cantidad que se debe pagar por  despido o renuncia, información legal sobre los derechos de los empleadores para despedir a los empleados, el cálculo y el pago de aguinaldo cada año y las cifras completas de todos los pagos realizados durante el año fiscal.

Seguridad Social

Todos los empleados deben estar registrados en el Seguro Social. El empleador debe pagar 26.17% sobre la cantidad total de sueldos, y un 9,17% adicional, que se deduce de los empleados. Esto cubre al empleado para recibir atención médica, hospitalización, otros gastos médicos y el 3% de esta cantidad es una contribución a un fondo de ahorro y planes de pensiones.

Vacaciones

La ley indicaque se debe de dar un día de vacaciones por cada mes de laborado. Y dos semanas de vacaciones por el trabajo de cincuenta semanas de trabajo. El empleador puede elegir el momento en que se otorgan las vacaciones y puede darlos en dos tractos pero deben concederse dentro de las 15 semanas siguientes al momento en que se debían. Las vacaciones no pueden incluir fines de semana o días festivos de pagado.

Feriados

Feriados de pago obligatorio:

1 Enero Jueves y Viernes Santo

11 Abril

1 Mayo

25 Julio

15 Agosto

15 Setiembre

25 Diciembre

Hay otros días feriados pero no son de pago obligatorio son el 2 de agosto y el 12 de octubre se paga este día si se trabaja o no. Los empleados que trabajan en días festivos o domingos se pagan el doble de tiempo. La semana laboral es de 48 horas

Impuesto sobre la renta – Personal

El impuesto sobre la renta se deberá de retener al empleado para los ingresos mayores de  cierta cantidad y se presentará al gobierno por el empleador. No hay formularios de impuestos personales que deben presentar los empleados. Para más detalles sobre el porcentaje de impuesto sobre diversas cantidades de ingresos véase “IRPF en el salario” en la sección del ISR. También hay una tabla de impuesto sobre la renta para los trabajadores autónomos.

Seguro (Riesgos de Trabajo)

Es un seguro de accidentes personales (similar a la compensación de trabajadores) debe cubrir a todos los empleados, incluidos los empleados domésticos o temporales de construcción. Se paga en el INS, aseguradora del gobierno. Funciona a un 2-3% de los salarios en función del tipo de trabajo.

Terminación de contrato

Si un empleado es despedido sin causa o despedido temporalmente debe de pagarse aguinaldo, pago de vacaciones, preaviso. Si un empleado es despedido con causa, ha trabajado durante menos de 3 meses se paga aguinaldo y pago de vacaciones, sin preaviso.

Preaviso

La ley indica dar 30 días de anticipación para ser dar la terminación del contrato laboral. Si no se da aviso previo de 30 días el empleado debe de pagar. Se paga  de manera regular si se da el número necesario de días de antelación continúo durante 30 días, pero el empleado tiene el derecho de un día libre pagado por semana en busca de trabajo. El cálculo exacto es de acuerdo a la siguiente escala:

Cesantía es la indemnización por despido. Cesantía máxima es de 8 años

Meses laborados

0-3

3-6

6-12

Mas de 1 año

Preaviso (Dias)

0

7

15

1 Mes

Cesantia (Dias)

0

7

14

 

 

Años trabajados Dias pagados
1 19.50
2 20.00
3 20.50
4 21.00
5 21.24
6 21.50
7 22.00

Añada el número apropiado de días por cada año. – Es decir, 4 años indemnización sería de 19,5 + 20,5 + 20 + 21 para un total de 81 días de pago.

Cuando un empleado renuncia o es despedido con causa, no se debe de pagar el preaviso y cesantía.

Cuando se vende una empresa, y el nuevo propietario mantiene el personal, todos los beneficios se pagan al nuevo propietario como si el personal había sido despedido. Los beneficios no se pagan a los empleados en este momento, ya que el nuevo patrono tendrá la responsabilidad de pagar en el futuro, por lo que la cantidad se paga a la empresa o persona que vende la empresa.

Salario mínimo

Al  1 de Julio del 2016, por mes en colones:

Trabajadores no calificados ¢289.828,62
Trabajadores semi calificados ¢311.810,22
Trabajadores calificados ¢327.779,53
Tecnicos ¢423.313,13
Graduados Universitarios ¢518.566,20

 

El gobierno publica la lista de salario mínimo cada 6 meses, el 1 de enero y 1 de julio, La lista completa es más amplia, incluyendo la mayoría de los grupos ocupacionales.

Periodo de prueba

Hay un período de prueba automática de tres meses, durante el cual un empleado puede ser despedido sin el pago de liquidación. Después de 3 meses se aplica la solución de separación total. El período de prueba para el servicio doméstico es de un mes.

Empleados domésticos

Hay algunas disposiciones especiales que rigen a los empleados domésticos. Si un empleador tiene un contrato firmado con una empleada doméstica y si ofrece menos del salario mínimo el contrato no es legal.

La jornada laboral de un empleado doméstico es de 12 horas. Se permite un máximo de 16 horas, pero el doble de tiempo debe ser pagado por las horas extras más de 1/2 por día. Una hora de descanso pago. Se debe de inscribir en el sistema médico y de pensiones de la CCSS.

El empleado tiene derecho a la mitad de un día libre por semana y la mitad de un día de descanso en los días festivos oficiales. Si trabajan el pago debe ser el doble de tiempo. 15 días de vacaciones pagadas cada año es obligatorio, y no se permite el pago en lugar de vacaciones. Para  el pago de aguinaldo en Diciembre se debe de calcular sumando el pago reportado incluyendo horas extras desde el primero de Diciembre del año anterior hasta el 30 de Noviembre y dividir este monto entre doce y el monto corresponde al pago de aguinaldo.

Para el despido de un empleado doméstico, si esta persona ha trabajado menos de 30 días no es necesario que haga el preaviso, si el empleado ha trabajado más de 30 días si es necesario el preaviso con 15 días de antelación. Si el patrono no desea que el trabajador labore el preaviso debe de cancelar el equivalente en efectivo. Si se otorga el tiempo de preaviso se debe de dar el tiempo de medio día libre para que la persona tenga oportunidad de buscar empleo.

Una empleada que queda embarazada tiene derecho al pago de cuatro meses y gozar de este periodo de por Incapacidad por Maternidad 1 mes antes del nacimiento y 3 meses después del nacimiento. La empleada debe de estar incluida en la planilla ante la CCSS, el patrono pagará en este tiempo de Incapacidad el 50% y la CCSS pagará el 50% restante. Si una empleada es despedida porque estar embarazada se debe de pagar los salarios correspondientes desde la fecha de despido hasta el octavo mes de embarazo, a continuación, las prestaciones de maternidad y perjuicios por despido improcedente.

Resumen de beneficios: Aproximaciones sobre una base anual.

Caja Costarricense de Seguro Social 26.17%
Fondos de Capitalización & Pensiones 3.00%
Aguinaldo 8.33%
Vacation pay (Ver punto 2) 4.61%
Dias Feriados 1.92%
Preaviso y Cesantia 13.80%
Seguro de compensación 2.00%
Costo total 55.66%

Adicionalmente el empleado paga 9.17% de su salario para el Seguro Social. Los otros rubros son cancelados por completo por el patrono.

Reducción salariales

Si se llega a un acuerdo con el empleado de reducir su salario y jornada laboral es necesario liquidarlo y volver a contratarlo.